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Ex agente de inteligencia
Casación rechazó la recusación planteada por la defensa de un ex agente de inteligencia condenado por crímenes de lesa humanidad.
Categoría: Derechos Humanos

Así lo resolvió la Sala I al considerar que los planteos no evidencian la existencia de algún motivo que justifique el apartamiento del fiscal general De Luca. La recusación había sido solicitada por la defensa de un condenado por su actuación en el centro clandestino “La Cacha” bajo el argumento de la supuesta “incapacidad física” del fiscal para intervenir en la causa por desempeñarse como docente y habitual conferencista.

La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el pedido de recusación del fiscal general Javier De Luca, efectuado por el abogado Juan José Lossino -defensor de Claudio Raúl Grande, condenado por su actuación en el centro clandestino “La Cacha” de La Plata- sobre el argumento de una supuesta “incapacidad física” del representante del Ministerio Público Fiscal para actuar en la causa, en virtud de su actividad paralela como docente y habitual conferencista. Al resolver la cuestión, los camaristas explicaron que los argumentos expuestos por la defensa son “inconducentes para evidenciar la falta de objetividad o de ecuanimidad que demandaría la recusación que solicita”.

En su presentación había alegado que “esa incapacidad sería consecuencia de una falta de disponibilidad física y psíquica para preparar las ‘numerosas conferencias’ que dice haber visto en el curriculum académico, las que considera que son ‘vox populi’ en el fuero y que ilustra con una fotografía en la UBA con la bandera del PC como fondo». Dice el letrado que «si el fiscal tiene la misma capacidad para llevar adelante la actividad de la cátedra de la que es profesor asociado, para subrogar y trabajar en otra fiscalía y si tiene tiempo para militar en la asociación Justicia Legítima -o en el PC-, también debe tener tiempo para concurrir a las audiencias de esta causa”.

Oportunamente, el representante del MPF había solicitado que se rechazara la petición del abogado por no encuadrar las razones esgrimidas en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 55 del Código Procesal Penal de la Nación, que regula los motivos de recusación de fiscales por aplicación del artículo 71 de ese cuerpo legal, al tiempo que refirió que Lossino “se equivoca al atribuirme la incompatibilidad prevista en el segundo párrafo del artículo 58 de la ley 27.148”.

Asimismo, el representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que sus actividades docentes o académicas no interfirieron nunca ni interfieren en absoluto con su trabajo de fiscal: “Desde que comencé mi actividad como docente en el año 1986 diagramo las clases para que no entren en conflicto con las funciones que tuve a mi cargo dentro del Poder Judicial y, desde 2001, en el Ministerio Público Fiscal. Lo mismo puedo decir respecto de las conferencias, congresos, coloquios o simposios a los que me ha tocado asistir en calidad de ponente o expositor”.

Finalmente, el titular de la Fiscalía General N°4 ante la Cámara Federal de Casación Penal argumentó ​que no entendía en qué consistía ​el agravio jurídico y la queja del defensor,​ ya que había asistido y expuesto oralmente en la audiencia a la que hacía​ referencia el abogado Losinno.

Al resolver la cuestión, los jueces Gustavo Hornos y Carlos rechazaron coincidieron con el dictamen del fiscal general y rechazaron el planteo de la defensa, por considerar que sus argumentos eran “inconducentes para evidenciar la falta de objetividad o de ecuanimidad que demandaría la recusación que solicita”.


El caso

Claudio Raúl Grande era civil de Inteligencia del Ejército y actuó como guardia en el centro clandestino de detención (CCD) “La Cacha”, de La Plata. Grande revistaba como Personal Civil de Inteligencia (PCI) en el Destacamento 101 del Ejército, órgano de espionaje de la subzona militar 11, con cabeza en la capital bonaerense. En marzo de 2015, los fiscales de la Unidad que intervienen en crímenes de terrorismo de Estado en La Plata, Marcelo Molina y Juan Martín Nogueira, recurrieron ante la Cámara Federal de Casación Penal el grado de participación y la pena de 13 años de prisión impuesta a Grande en la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de La Plata en 2014 en la causa en la que se investigan los crímenes de lesa humanidad cometidos en dicho centro clandestino de detención.

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2018-07-11 00:00:00
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